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La pericia contable en investigaciones de delitos de lavado de activos y corrupción.

16 Marzo, 2023
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Mg. Miguel Ángel Alvites Lévano

Docente de la Escuela de Posgrado de la Universidad Norbert Wiener

El presente artículo de opinión tiene por finalidad brindar alcances de la importancia de la pericia contable como un medio de prueba en investigaciones de delitos de lavado de activo y corrupción.

El país se ha visto afectado por organizaciones criminales, de cuya actividad generan grandes sumas de dinero de origen ilícito, mermando la economía nacional. El Ministerio Público, a través de sus diversas fiscalías especializadas, viene investigando altos funcionarios involucrados en delitos de colusión, cohecho, lavado de activos y otros1.

Uno de los más connotados es el denominado caso LAVA JATO, donde las constructoras Brasileñas ODEBRECHT, Camargo y Correa, OAS y otras, formaron un cartel para favorecerse en la adjudicación de obras públicas, involucrando a los ex presidentes Alan García, Alejandro Toledo, Ollanta Humala2, Pedro Pablo Kuczynski3, la ex alcaldesa de Lima Susana Villarán4 y otros, por la adjudicación de diversas obras públicas (gaseoducto sur peruano, proyecto Chavimochic, vía parque Rímac, vía costa verde, proyecto Trasvase Olmos, e IIRSA Sur y otros). También se encuentra en investigación los presuntos aportes de origen ilícito a la campaña del partido Fuerza 2011, provenientes de la empresa ODEBRECHT, por los cuales está siendo investigada Keiko Fujimori5.

La fiscalía, dentro de su investigación, incorpora diversos medios de prueba como testimonios, confesiones, inspecciones, reconstrucciones y diversas pericias, una de las cuales es la pericia contable. Para Ruíz Caro A. (2010), la prueba pericial es la «opinión fundada de una persona especializada informada en ramas del conocimiento que el juez no está obligado a dominar. La persona dotada de tales conocimientos es el perito y su opinión fundada”.

El fiscal a cargo de estas investigaciones se debe plantear muchas interrogantes. En investigaciones por delitos de colusión, peculado, negociación incompatible y/o malversación de fondos, se preguntará cuánto será el perjuicio económico causado al Estado; en investigaciones por el delito de lavado de activos, en cambio, se preguntará cuánto será el desbalance que pidiera tener en su patrimonio un investigado. Entonces, para absolver estas interrogantes, que son de carácter económico, financiero, presupuestal y contable, va disponer la emisión de una pericial contable, recurriendo a los peritos de la fiscalía o a los peritos del Sistema de Criminalística de la Policía Nacional del Perú.

La prueba pericial contable es:

Un medio esencial para establecer si hubo perjuicio en el delito de colusión. La determinación del perjuicio o defraudación patrimonial en el delito de colusión desleal requiere la realización de una pericia contable idónea. Su falta de acreditación suficiente determina la nulidad de la sentencia, toda vez que constituye un elemento esencial del tipo penal.

Así lo señala la Corte Suprema de Justicia de La República, Sala penal permanente en su Recurso de nulidad 881-2018, Pasco, de fecha 01 de abril 20196.

Asimismo, ha quedado establecido que la prueba pericial contable:

Es un medio esencial en los procesos penales por lavado de activos y, sobre la base de la documentación que proporcione a quien se investigue, se emitirán conclusiones sobre el desbalance patrimonial que denuncia el Ministerio Público, para así estructurar el indicio esencial en la configuración de este tipo penal y vincularlo con la actividad criminal previa.

Así lo ha señalado la Corte Suprema de Justicia a través del Recurso de Nulidad 1287-2018, de fecha 4 de setiembre de 20197.

Entonces, podemos afirmar que el resultado de los informes periciales contables va influir en los procesos penales, tanto por delitos contra la administración pública como en los delitos de lavado de activos, siendo uno de los medios de prueba acopiados por la fiscalía para la toma de decisiones de los magistrados.

Figura 1: Pericia Contable. – Análisis de evidencia documental Contable.

En tal sentido, la elaboración del informe pericial contable de manera eficiente va contribuir para que las investigaciones muestren en forma objetiva la realidad económica de los hechos. Lo que va a permitir a los juzgadores conocer el importe del perjuicio económico causado al Estado en un determinado hecho de corrupción, o va permitir conocer el importe del posible desbalance patrimonial en una persona natural que está siendo investigada por lavado de activos.

Finalmente, no podemos dejar de mencionar la figura del perito contable, como aquel profesional competente e idóneo que posee conocimientos especializados de contabilidad, auditoría y criminalística, cuya función es dar una opinión sobre puntos controvertidos relacionados con su especialidad, en su condición de auxiliar de justicia; y cuya participación se hace indispensable para el esclarecimiento de hechos delictuosos de carácter económico.

Conclusiones

El país, en los últimos años, se ha visto afectado por el incremento de organizaciones criminales, cuyos integrantes han logrado insertase en el aparato estatal ocupando altos cargos públicos, cometiendo delitos de colusión, cohecho, lavado de activos y otros. Ello ha generado que el Ministerio Público conforme fiscalías especializadas para investigar casos connotados como el de LAVA JATO.

En la investigación de estos delitos surge la pericia contable, como uno de los medios de prueba más importante, para dar a conocer a las autoridades fiscales y/o judiciales, el importe del perjuicio económico causado al Estado, en caso de delitos de corrupción, o el importe del posible desbalance en su patrimonio de una persona investigada por el delito de lavado de activos.

Esta importancia e imperiosa necesidad del informe pericial contable ha quedado sentada en lo señalado por la Corte Suprema de Justicia de La República, Sala penal permanente en su Recurso de nulidad 881-2018, Pasco, de fecha 01 de abril 2019 y del Recurso de Nulidad 1287-2018, de fecha 4 de setiembre de 2019, como uno de los medios de prueba imprescindibles en investigaciones de delitos de colusión, peculado, negociación incompatible, malversación de fondos y lavado de activos, contribuyendo en el esclarecimiento de los mismos.

Referencias Bibliográficas